Concursal y Societario

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Concurso de acreedores

La dinámica actual del tráfico económico, los elevados costes que se soportan, incluidos los laborales y financieros, la gran competitividad que existe en todos los sectores, y en especial, ahora, la pandemia, así como otras cuestiones que puntualmente puedan afectar a una empresa, hacen que, en ocasiones, éstas se coloquen en situación de insolvencia provisional o definitiva.
Conocer el momento adecuado y los pasos previos a tener que declarar la sociedad en Concurso es vital, por cuanto puede minorar, en gran medida, las consecuencias perjudiciales tanto económicas como personales para los Administradores,  para los socios y los acreedores.

Hay que tener en cuenta que sin un buen asesoramiento, los Administradores pueden, incluso sin saberlo, realizar  actos perjudiciales para acreedores, también pueden realizar operaciones que se pueden rescindir dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso, y que dichas operaciones se declararán nulas, incluso aunque no hubiere existido intención fraudulenta.

Sólo es posible intentar minimizar los efectos de estas actuaciones  a través del examen y estudio  pormenorizado de la situación real de la sociedad realizado por nuestros expertos, quienes trazarán la estructura a seguir para que, una situación tan delicada y en muchos casos dolorosa como la insolvencia de una compañía, resulte mínimamente conflictiva y al máximo resolutiva.

Nuestro despacho presentó y tramitó el único concurso conocido en España en el que, tras  llevar a término todas sus fases, han cobrado absolutamente todos los acreedores y, además los socios que habían invertido su capital, llegando, alguno de los socios, a cobrar más de un millón de Euros.

Concurso Exprés

El concurso exprés es una modalidad de concurso de acreedores pensada para aquellas empresas que, ahogadas por sus deudas, sin bienes que permitan seguir manteniendo la actividad o teniéndolos, su valor de liquidación es insuficiente para cubrir los costes de un concurso de acreedores, a través del Juzgado se puede obtener la DECLARACIÓN y la CONCLUSIÓN del concurso a la vez, evitando pasar por todas las fases del procedimiento concursal, acortando así trámites y tiempo. Dicho en otras palabras, el concurso exprés se inicia y finaliza en el mismo momento, pudiendo evitar en muchos casos valorar las responsabilidades a los administradores durante el concurso.

Segunda oportunidad. Exoneración de deudas (BEPI)

La ley permite un acuerdo extrajudicial de pagos para ayudar a aquellas personas que han sufrido un fracaso económico empresarial o personal.

El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) es un mecanismo que permite al deudor librarse y cancelar la totalidad de las deudas pendientes.

El deudor puede presentar un Plan de pagos, con una quita, y proponer el pago de una cifra periódica que “realmente pueda pagar”. El Juez lo analiza, modula y aprueba ese pago durante un máximo de 5 años, quedando el resto de la deuda cancelada.

Salvar el patrimonio y responsabilidad

Continuar la actividad en situaciones que surgen en un mercado con pocas expectativas, hoy por hoy, es arriesgado, ya que es probable que lo único que podamos hacer es engordar el importe de las deudas de la empresa si no se le pone solución a tiempo, lo que comportaría que el/los Administradores de la compañía acaben en situación de concurso culpable, con todas las repercusiones que para el patrimonio del propio Administrador puede comportar: Es decir, que se le condene a pagar de forma personal, las deudas de la sociedad.

Nuestro trabajo principal, es evitar estas derivaciones de responsabilidad, y que el administrador salga indemne en los casos en que puedan existir irregularidades, que hay en todas las empresas.

Y en los casos en que se ha llegado a supuestos susceptibles de responsabilidad por parte del Administrador, disponemos de gran experiencia en reclamaciones judiciales por los daños que, la administración de la compañía haya producido a la propia sociedad o a terceros.

Solución a los problemas económicos

Si la compañía tiene posibilidades de recuperación con una inyección financiera, podemos obtener inversores que compren la unidad productiva.

Finalmente en los casos sin solución, es decir de liquidación del negocio, nuestro despacho, dispone de 40 años de experiencia en materia concursal.

Cualquier operación de pasivo por la que se amplíe el crédito disponible a un deudor o bien se modifiquen o extingan sus obligaciones, bien mediante prórroga de su plazo de vencimiento o el establecimiento de otras contraídas en sustitución de aquéllas, que se haya celebrado en los dos años anteriores a la declaración de concurso no deberá considerarse un acto perjudicial y rescindible, si cumple determinados requisitos.

Problemas entre socios y con la sociedad

Al gozar el socio y la sociedad de personalidad jurídica independiente, sus intereses, actitudes o necesidades pueden, en algunas ocasiones, entrar en colisión. Pueden darse conflictos entre los propios socios, o entre uno o más socios y la sociedad.  Las situaciones que nos hemos encontrado en estos 40 años han sido muy variadas.

Las más comunes son las de abuso por la mayoría, que domina el órgano de gobierno de la compañía que goza de diferentes privilegios que no tienen los socios minoritarios.

También el socio minoritario, tiene mecanismos que pueden producir un daño social importante, por ejemplo, si no recibe correctamente sus dividendos, pues puede forzar a la sociedad a que le pague el valor de su participación en la empresa.

Para salvar estas diferencias y dar la mejor salida a ambas partes articulamos la solución que mejor se adapte a cada caso, intentando, por supuesto, la vía amistosa en primer lugar, y acudiendo en última instancia, a la vía judicial en defensa de los intereses perjudicados.

Crear un negocio y prevenir su crisis

Muchas actividades pueden tener encubiertas las oportunidades de negocio que, apreciadas por nuestros expertos, y convenientemente valoradas con usted, pueden suponer una nueva vía de expansión de su actividad o un nuevo negocio atractivo para sus intereses. Valoramos cual es la mejor opción para su negocio:

– Constituimos, tratamos y seguimos, todo tipo de sociedades mercantiles.

– Ampliaciones y reducciones de capital.

– Designación de órganos de gobierno de la sociedad.

– Poderes mercantiles.

– Realización de juntas ordinarias y extraordinarias. Redacción de actas y certificaciones.

– Modificaciones estatutarias.

– Fusiones, escisiones.

Y tras ello, podemos seguir acompañando a la compañía, realizando un seguimiento exhaustivo de la situación jurídica de la empresa, para comprobar que su forma, capital y órganos de gobierno, se adaptan a las necesidades reales de la misma. Con su colaboración, chequeamos todos estos aspectos y le damos, y ponemos en práctica, las mejores alternativas para una saludable continuidad de la empresa.

La mejor defensa

un buen asesoramiento