El 29/5/2015 publicábamos en el blog http://www.salipabogados.wordpress.com las nuevas medidas legales para ayudar a aquellas personas que han sufrido un fracaso económico empresarial o personal a causa de la crisis anterior de la burbuja inmobiliaria.
El deudor persona natural, autónomo o profesional “de buena fe”, podrá intentar un acuerdo extrajudicial de pagos o judicial y obtener el beneficio de liberarse de determinadas deudas pendientes.
Es evidente que el parón económico, por la crisis sanitaria, ya ha hecho mucho daño a la economía de las pequeñas empresas, autónomos y profesionales, y que entramos en una época de depresión, pues las medidas del gobierno, sin apoyo financiero de Europa por medio de “Corona-Bonos”, son totalmente insuficientes para una recuperación real de la economía.
El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), consiste en que el deudor que presente en el Juzgado una propuesta de plan de pagos y quitas razonable, para pagar en un plazo de 5 años sin intereses, una vez oídos los acreedores por plazo de 10 días, será aprobado por el juez provisionalmente en los términos en que hubiera sido presentado o, con las modificaciones que se estimen oportunas.
Es importante tener presente que el deudor no deba más de 5 millones de euros.
Transcurrido el plazo fijado para el cumplimiento del plan de pagos, el Juez reconocerá con carácter definitivo la exoneración, es decir el perdón, de las deudas objeto de quita.
Si no se hubiera podido cumplir el plan de pagos, atendiendo a las circunstancias del caso y previa audiencia de los acreedores, el Juez también podrá declarar la exoneración definitiva de las deudas insatisfechas del deudor que hubiese destinado una parte importante de sus ingresos a su cumplimiento.
Es habitual que el empresario intente tirar del carro para salir de la crisis por sus propios medios, en ocasiones esperando la recuperación económica en tiempos mejores y poniendo sus ahorros en su negocio para intentar cumplir sus responsabilidades. Sin embargo todo ello, en ocasiones no es suficiente, o es imposible por deudas como las de Hacienda y Seguridad Social.
En esas ocasiones es importante vencer la reticencia natural del empresario a acogerse a estos beneficios legales, porque en otro caso, sucede con frecuencia, que finalmente por no poder pagar las deudas, se liquida en el Juzgado el negocio, lamentablemente por valores ridículos, pudiendo además el Juzgado condenar al empresario a pagar la diferencia entre el importe de la deuda y el menor importe que se ha obtenido de la liquidación judicial del negocio, con lo que finalmente el empresario pierde el negocio y también su patrimonio.
Por ello es importante un análisis detallado de la situación de cada negocio, que con un conocimiento técnico-legal especializado, permitirá una gran capacidad de negociación, y un asesoramiento adecuado que ofrezca la solución más certera en cada caso.
Estamos a su disposición para ofrecerle la mejor solución.
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