Cada vez recibimos más casos en los que la persona que adquirió los Valores Santander ha fallecido y vienen sus herederos a intentar iniciar la reclamación.
Hay que tener en cuenta que la mayoría de los procedimientos con posibilidades de éxito consisten en poder demostrar que existió un vicio o error en el consentimiento a la hora de adquirir el producto y que la persona que adquirió el mismo haya fallecido dificulta bastante el procedimiento.
Con esta nota informativa lo que queremos indicar es que para este tipo de casos es muy importante recabar toda la información y documentación posible, como pueden ser los contratos de los valores, posibles test realizados, fecha de adquisición del producto, algún posible documento que indique la incapacidad de contratación del causante, informes médicos, etc.
Son casos muy delicados que hay que tratar con máxima cautela.