EN LA QUE TODO SON VENTAJAS.
Desde el inicio del Covid anticipábamos la avalancha de concursos de acreedores. Poco después se permitió retrasar la presentación al Juzgado del concurso hasta enero del próximo año 2021 y, comentábamos, que el mayor endeudamiento de las empresas ante la difícil situación del mercado, (sin tener una salida clara para el negocio), en la mayoría de los casos produciría un incremento de la responsabilidad económica de los administradores si no adoptaban soluciones novedosas.
La venta de las empresas es posible en muchísimos casos aunque, los administradores, frustrados por la evolución negativa del mercado, los problemas de tesorería, del negocio, las reclamaciones de los acreedores, las exigencias de avales de la banca, Hacienda y S.S., se den por vencidos y la consideren en la práctica imposible.
El administrador del negocio sabe que el valor que pueda tener su empresa, se devaluará con la entrada en concurso del negocio, lo que le deprime aún más, y le impide ver que esta posibilidad simplemente le ayudará a salir de la negativa dinámica en que se encuentra.
Esta situación tiene solución y no se ha aplicado hasta ahora, a pesar de que está en la Directiva (UE) 2019/2013, que ordena a los estados garantizar un procedimiento más eficiente y ordenado para la liquidación de las empresas.
Por lo tanto, ya se puede huir del sistema habitual donde se eterniza el procedimiento del Concurso de Acreedores, utilizando vías que ya se aplican en otros países como los anglosajones (Prepack o Prepackaged) o en los Países Bajos (Silent Trustee), y que hace muy pocos días ya se han aceptado en dos Juzgados de Barcelona.
El sistema es muy simple. Sin hacer ningún movimiento en la empresa (o grupo de empresas, cuando no se puede vender una empresa sin la otra), se comunica al Juzgado que la empresa inicia negociaciones con los acreedores para buscar una solución a las deudas que parecen imposibles de asumir (Pre-concurso) y, asimismo (y aquí está una primera novedad), se manifiesta que se entra en negociaciones con posibles compradores de la unidad productiva.
Con el Preconcurso, como es sabido, ya se consiguen paralizar los procedimientos de ejecución contra la compañía.
Una segunda novedad es que, para que el proceso de la venta de la unidad productiva se realice de forma transparente y pueda después ser aprobada por el Juez del Concurso, se designa un Administrador Judicial, quien pasará a ser el Administrador Concursal el día que se declare el Concurso y quién recomendará al Juez la venta de la unidad productiva, con lo que la venta se realizará de forma simultanea o inmediata a la declaración del concurso por el Juez. Una solución rápida en la que todo son ventajas.
La venta de activos se prepara hasta el último detalle con carácter previo a la declaración del concurso con el consentimiento de este Administrador Judicial, que será el administrador Concursal.
Ello es posible porque el Administrador Judicial independiente, seguirá criterios rigurosos de publicidad, de confidencialidad y transparencia con los compradores y mantendrá informado al Juez, quien podrá aprobar la venta de la unidad productiva a la vez que declare judicialmente la situación de concurso.
Los acreedores, se verán sorprendidos ante esta estrategia y frente la opción habitual de liquidación concursal, (que significa cobrar cero en el 95% de los casos), probablemente no verán como oponerse a una venta real e inmediata que algo real, ya está dando al concurso.
Conviene recordar que la empresa fabricante de coches Chrysler, que Barak Obama había definido como el icono de la industria de EEUU, cuando entró en concurso (Bankruptcy), el Juez tuvo que aceptar la solución de permitir la “venta anticipada”, pues la compañía perdía 100 millones de euros por cada día que pasaba, solución jurídica absolutamente impensable para España y a la que ahora ya nos vamos acercando. Puede ver en un gráfico simple al final de este artículo los diferentes pasos.
Si necesita comentar la viabilidad económica de su empresa en nuestra firma, SALIP–ABOGADOS.COM, le podemos ofrecer diferentes soluciones que se adapten a la situación de su empresa. Hemos tenido la oportunidad de tramitar un concurso en el que han podido cobrar absolutamente todos los acreedores, trabajadores, Hacienda, S.S., etc., e incluso algún socio, ha cobrado más un millón de €, al haber podido desarrollar una eficaz gestión global, incluso de venta.
Gráfico de los pasos
- Petición Preconcurso + Administrador Judicial.
2 Se aprueba la petición.
3. Se paran todas las ejecuciones contra el deudor
4 Negociación y redacción de acuerdos de venta de activos.
5 Declaración de concurso y aprobación por el Juez de los acuerdos en un paquete.
6 Administrador Concursal ejecuta los acuerdos.
Fin del Concurso de acreedores y de los problemas del administrador del negocio.