RECUPERA EL EXCESO DE INTERESES PAGADOS POR IRPH

¡EL CÁLCULO DEL IRPH TIENE UNA PARTE ARTIFICIAL!

El IRPH es muy superior al Euribor. Ud. acaba pagando muchos más intereses.

Desde el día 12 de diciembre de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-300/23 ha decidido que la mayoría de las personas que han pagado el IRPH podrán recuperar el exceso pagado de intereses.

Esta sentencia permite recuperar el exceso de intereses pagados siendo un paso significativo en la protección de los consumidores. Las entidades financieras se han hecho multimillonarias cobrando estos excesos, sin informar correctamente a infinidad de clientes.

El 12 de diciembre de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia importante sobre préstamos hipotecarios y cláusulas contractuales, específicamente relacionada con el índice de referencia IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios).

La sentencia aborda varios aspectos cruciales sobre la protección de los consumidores en contratos de préstamos hipotecarios con cláusulas abusivas.

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El TJUE estableció principios fundamentales sobre la «información contractual»:

– Los consumidores debían tener información suficiente antes de celebrar un contrato.

– Las entidades financieras estaban obligadas a facilitar información que permitiera decisiones fundadas en base a datos que permitieran un correcto conocimiento, para no quedarse atrapadas en unos tipos de interés excesivos.

– Un consumidor medio debe poder comprender el método de cálculo de los índices de interés, y las diferencias entre un método y otro, que es lo que no se explicaba en muchísimos casos.

El tribunal definió criterios para determinar si una cláusula contractual es abusiva:

– Se considerará abusiva si causa un desequilibrio importante entre los derechos de las partes.

– La buena fe del profesional de la entidad financiera no puede presumirse automáticamente.

– Es necesario analizar las circunstancias específicas de cada caso.

En la práctica la sentencia permite que muchas personas que han pagado el IRPH puedan recuperar el exceso de intereses pagados. Valoramos gratuitamente los elementos clave para esta recuperación:

– Verificamos la transparencia de su cláusula.

– Analizamos si el método de cálculo de intereses fue equitativo.

– Comparamos su tipo de interés con los métodos generalmente aplicados en el mercado.

Díganos si a Ud. le proporcionaron información completa sobre los diferentes índices de referencia?.

Diga si le explicaron claramente los diferentes métodos de cálculo de intereses?

Diga si le advirtieron sobre las características del índice IRPH?

QUE HACE FALTA PARA RECUPERAR EL DINERO

Podemos recuperar el exceso pagado dirigiéndonos en su nombre a su entidad financiera, para ello debe remitirnos la «copia simple» de su escritura de hipoteca, e indicarnos su nivel de conocimientos financieros, y profesión, así como el importe pagado, y si no tiene los resguardos pida al banco el detalle de los pagos por cuotas y por intereses, para que le calculemos el exceso que puede recuperar.

SALIP-ABOGADOS. info@salip-abogados.com

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