Adjudicaciones (y sus excesos) y transmisiones exentas de impuestos. Por matrimonio, divorcio o disolución de la comunidad.

Están exentas de impuestos las adjudicaciones de bienes entre cónyuges que se hagan a la disolución, sobre los bienes comunes. Normativa: Real Decreto Legislativo 1/93 de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LITP y AJD. Art. 45.1. .b). Exentos. Las aportaciones de bienes y derechos verificados por los cónyuges […]