Debido a la crisis del Covid-19, se calcula que más de 500.000 familias no podrán hacer frente al pago del alquiler de su vivienda en los próximos meses.
Para hacer frente a esta problemática, se han aprobado las siguientes medidas que tiene por finalidad ayudar a todas aquellas personas que encontrándose en una situación de vulnerabilidad, entre ellas los afectados por algún expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) y por reducciones de jornada laboral, los desempleados y los autónomos que hayan perdido ingresos, no pueden hacer frente al pago de sus alquileres.
Las cinco medidas son:
1.- Paralización de los desahucios sin alternativa habitacional por impago del alquiler durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma.
2.- Renovación automática de seis meses de los contratos de alquiler de vivienda habitual que venzan en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta norma.
3.- Microcréditos públicos sin intereses para cumplir con el pago de la rentas, a devolver en un plazo de seis años ampliable a diez, para los inquilinos de caseros con menos de ocho/diez inmuebles en el mercado.
Estos inquilinos podrán primero solicitar a sus arrendadores un aplazamiento en el pago de las rentas y estos tendrán siete días para aceptarlo, proponer una alternativa o rechazarlo.
En el caso de que no haya acuerdo, el inquilino tendrá acceso a los microcréditos.
Se trata de créditos finalistas, directamente pagados al arrendador, por importe de hasta seis mensualidades, a devolver en un periodo máximo de diez años.
4.- El Estado se hará cargo de la deuda, si los inquilinos mantienen la situación de vulnerabilidad y no pueden pagarla después de la crisis (hasta 900 euros al mes y 200 euros de suministros y mantenimiento).
5.- Los inquilinos de grandes tenedores (propietarios públicos y privados de más de diez viviendas), entidades bancarias y fondos de inversión podrán obtener una moratoria en el pago de su renta por un máximo de cuatro meses y devolver las cuotas no pagadas de forma prorrateada durante un periodo máximo de tres años sin intereses.
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